miércoles, 12 de marzo de 2008

16. CONSIDERACIONES VARIAS




SEGUROS

Para amparar la pérdida de la mercancía durante el transporte y para que aerolínea responda por su valor, es importante declarar este en el contrato de transporte, toda vez que la omisión de este aspecto, en el caso de presentarse perdida, significará que el monto de responsabilidad del transportador se circunscribirá a USD 20 Kg.

La declaración de valor genera un cargo adicional, denominado “valuation charge”, que equivale al 5 por 1000 aplicado sobre el valor superior a los USD 20 por Kg.

De otra parte, si se quiere asegurar la mercancía durante los eventos de pre y post transporte aéreo, se deberá acudir a una compañía o corredor de seguros quien se ocupara de este.

Vale la pena señalar, que no es fácil acceder al seguro para joyas, salvo que el exportador cuente con la compañía de seguros, las pólizas de todas sus actividades (Muebles, inmuebles, etc)



REQUERIMIENTOS DE EMPAQUE




Existen exigencias sobre el tipo de material del empaque así como las dimensiones mínimas para esta, las cuales son determinadas por cada aerolínea o país de destino.

Empaque duro –madera, metal–.

Así pues las medidas exigidas por son:

Air France: 20cmx10cmx10cm
American Airlines : 30cmx30cmx30cm
Lufthansa : 19cmx11cmx7cm.


CONTROL

Cuando se trata de piedras preciosas o semipreciosas, o joyas engastadas en estas, se deben surtir los requisitos y procedimientos exigidos por Ingeominas.

La distancia entre las oficinas de control de Ingeominas y el punto de embarque, aparte de poner en riesgo el producto durante su transporte, logra generar inconvenientes para algunos exportadores. Se considera conveniente que esta inspección pudiera hacerse directamente en el aeropuerto, de manera que la entrega al transportista y la verificación aduanera, pudieran realizarse simultáneamente.



SISTEMA COURIER





Si bien el transporte por courier pareciera ser el más apropiado para estas mercancías, presenta limitaciones de valor transportado, en algunos casos máximo UDS 500, en otros la restricción total del transporte.

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