miércoles, 19 de marzo de 2008

9. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS PARA DESPACHO ANTE LA DIAN


Una vez tenga lista la mercancía verifique los términos de negociación (INCONTERMS) y si es el caso contrate un Agente de Carga (Vía Aérea) o Agente Marítimo para la contratación del transporte internacional, compre el formulario “Declaración de Exportación” (DEX) (Cód.62.003.2000) cuesta $6.000, en Bogotá en la Avda. 68 No. 22 – 81 (DIAN), diligéncielo y tramítelo Directamente Si Su Exportación Tiene Un Valor Inferior A USD 1.000, de lo contrario debe realizar este procedimiento a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera (SIA), que esté autorizada por la DIAN, para realizar este proceso.

La Declaración de Exportación debe presentarse ante la Administración de Aduanas por donde se va a despachar la mercancía, anexando entre otros los siguientes documentos:

• Factura Comercial
• Lista de Empaque (sí se requiere)
• Registros Sanitarios o Vistos Buenos (sí lo requiere el producto)
• Documento de Transporte
• Otros documentos exigidos para el producto a exportar

Una vez presentados estos documentos e incorporados al sistema informático aduanero, este determina si requiere inspección física o documental, la cual se hace en las bodegas de la aerolínea, en el puerto de salida o en el lugar habilitado por la DIAN, terminada esta diligencia y si todo esta bien la mercancía puede ser embarcada y despachada al exterior.

En el caso de la joyería no se puede enviar la mercancía como equipaje sin realizar los procedimientos expuestos anteriormente. Se requiere que el exportador haga los trámites normales ante la aduana presentando en el punto de salida su declaración de exportación en donde sustente la exportación ordinaria con reintegro de divisas.

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